En el Ecuador según la legislatura del código de procedimiento integral penal se denomina Crimen cuando una persona mata a otra, teniendo Triunfadorí una aprobación con pena privativa de albedrío de veintidós a veintiséis años, si concurre alguna de las siguientes circunstancias: ARTÍCULO 87 No podrá imponerse pena de crimen, https://health-lists.com/story19065196/examine-este-informe-sobre-reato-di-hackeraggio