Si el médico tratante expide incapacidades, por una EPS de dicho régimen, serán presentadas a la Administradora de Riesgos Laborales a la cual se encontraba afiliada la persona al momento de producirse la contingencia, para pertenencias del examen y cuota de la prestación económica con cargo a los capital https://wardo482qbj8.elbloglibre.com/profile